El discurso judicial

ALGUNAS OBSERVACIONES AL DISCURSO JUDICIAL
 Victor R. Corvalán
1. Introducción.
                Asumir una crítica al discurso judicial (comprendiendo el que utilizan todos los abogados y jueces en un procedimiento de cualquier naturaleza) puede ser un punto de partida para intentar contribuir a la democratización de la justicia.
                En los códigos procesales penales, existen normas que en oportunidad de la apertura del juicio oral le obligan al Juez a advertirle al imputado, que deberá estar atento a lo que va a oír (art 317 CPP de Santa Fe) o sobre la importancia y significación de lo que va a suceder (art. 261 nuevo CPP de la N.). Además, el código procesal penal de Santa Fe le exigen al Juez que utilice palabras claras y sencillas para explicar al imputado los hechos que se le atribuyen (art. 318). Sin embargo, si bien se alude a la necesidad de simplificar los procedimientos, no encontramos normas que se dirijan al juez, al fiscal o al defensor, para que en sus sentencias, resoluciones o alegatos, empleen un discurso llano, que pueda ser entendido por todos los que no son abogados. Obviamente esta reflexión parte de considerar que ello es posible, porque no hay nada que por más técnico que se considere, no sea traducible en un lenguaje accesible para el común de las personas que asistan a una audiencia. Por el contrario, aludir a cuestiones de índole técnico-jurídicas, suele ser una excusa para ofrecer disculpas a imputados o a víctimas, por si no entienden de lo que se habla en la audiencia. Luego volveremos sobre esta cuestión central, que parte de la concepción que se tenga sobre el derecho mismo.  
                Sin dejar de lado los aportes que muchos juristas hacen para demostrar la cantidad de leyes que vienen aplicándose al margen de los postulados constitucionales, como ocurre con la mayoría de los códigos procesales penales inquisitivos, el análisis del discurso, hace eje en un aspecto central del modo en el que se ejerce el poder y permite advertir la enorme distancia que lo separa del modo de comunicarse que normalmente tiene la gente que carece de formación jurídica. De allí la importancia de que cada uno de nosotros, reflexione críticamente sobre las formas discursivas que utilizamos, para modificarlas en la medida que ello contribuya a la democratización de las prácticas judiciales y que no requieren –en principio -  de reformas normativas.
                Empecemos por reconocer, cómo uno de los poderes del Estado, se encuentra en situación de total aislamiento respecto del pueblo, al que en realidad se debe, desde que no podemos negar su soberanía.
                Así como en otros ámbitos los estudiosos del discurso, se ocuparon de descubrir en las formas comunicacionales, como en realidad no son casuales sino que obedecen a ideologías, los propios abogados debemos sistematizar críticas que las traemos en clave de democracia, para intentar mejorar la legitimidad del poder judicial. Este cuestionamiento también debería formularse en otros ámbitos como el legislativo o en la misma administración pública, donde el discurso jurídico predomina ante tantos abogados ocupando funciones políticas.
2. Las paradojas discursivas del lenguaje judicial.
                En el lenguaje judicial aparecen muchas paradojas, ya que si todo lo que se analiza en un tribunal tiene que ver con conflictos entre personas, lo lógico sería que jueces y abogados, hablen y escriban para ser interpretados por los propios interesados. Ocurre en general, que la gente no se interesa por la lectura de los fallos, que muchas veces son distorsionados por un periodismo que pretende oficiar de traductor, con lo que se advierte que algunos textos no son fácilmente entendibles ni siquiera por expertos en comunicación social.  
                Lo cierto es que los jueces escriben para nosotros “los abogados”, que se suponen representan a esas personas dueñas del conflicto que origina el pleito, por lo tanto no tienen por qué preocuparse en hacerse entender por quienes carecen del saber jurídico. Encima muchos magistrados no hacen gala de mucho respeto por la gramática y por cuidar la estética de un estilo que convierta en elegantes a las frases que producen, lo que obviamente no incide en la justicia de sus sentencias.
                Mediante el uso del lenguaje jurídico, en ocasiones se intenta una precisión, que pretende reemplazar lo que no está presente en las normas que se aplican y también es paradojal, advertir que más allá del sentido del fallo, en la argumentación donde se fundan muchas sentencias, aparece una gran ambigüedad que agrega mayor confusión. Ello da lugar a las distintas interpretaciones que un fallo permite a las partes, dando lugar a las apelaciones en búsqueda de precisar y clarificar conceptos que por ahora generan inseguridad. Esta paradoja, nos conecta con la necesidad de una redacción más clara y precisa, que reclama ser atendida, porque si el lenguaje es ambiguo y complejo, aún para los abogados, cómo lo será para las partes. Además, si la falta de claridad ya se encontraba en la letra de la norma, el conflicto generado entre las partes, exige que los jueces sean quienes con su redacción resuelvan problemas interpretativos y no los agreguen o aumenten. Está en juego nada menos que el fin último del derecho, lograr seguridad jurídica, de allí está paradoja que se da en la dimensión sociológica.
                Definitivamente el ejercicio democrático de la función judicial, reclama que los jueces utilicen un código discursivo entendible para el pueblo al que representan y contribuya a generar seguridad jurídica. No sólo ello no se cumple, sino que no se advierte una preocupación seriamente instalada para modificar esta situación.
3. El discurso jurídico, solo apto para iniciados:
                El discurso jurídico, como herramienta al servicio del ejercicio del poder, donde refiere a su ejercicio y a la posibilidad de limitarlo, ha sido desde siempre, complejo, abstruso, lleno de ficciones y tecnicismos, de modo que sólo acceden a él quienes se iniciaran en el estudio del derecho, a la que incluso no dudan en jerarquizar con nivel de ciencia. Hay una suerte de retroalimentación por parte de los juristas, que parecen necesitar construir su poder, a partir de la utilización de un saber entendible solamente entre los pares. 
                No aspiramos a eliminar la utilización de un lenguaje propio al ámbito de lo jurídico, porque ello además de ser ilusorio desde que chocaríamos contra la voluntad de los juristas que férreamente lo defenderían, implica desconocer que como ámbito de un saber perfectamente cualificado es entendible que posea un lenguaje propio, aunque tengamos reparos en que por ello sea considerado científico. Es evidente que si se considera al derecho como ciencia, ello reclama la utilización de un lenguaje propio, técnico, que no se encuentre al alcance del conocimiento vulgar, sino todo lo contrario. Precisamente como anticipábamos, los mismos juristas van a ser los más reacios a deconstruir ese andamiaje discursivo, con el pretexto de tornarlo más accesible para el pueblo, que por supuesto, no puede entenderlo al carecer de formación específica.
                Históricamente,  el derecho y la jurisprudencia, fueron reivindicados dentro de las llamadas ciencias sociales, y al mismo tiempo que ello ocurría, la tendencia era desconocer toda vinculación con la política del Estado. De esa manera, el discurso jurídico pertenecía a un ámbito ajeno a la política, que era la que se ocupaba de las otras funciones del Estado, como si la producción normativa no fuera de su incumbencia.
                La utilización de latinazgos, de expresiones jurídicas que sintetizan ideas trabajadas desde el antiguo derecho romano, como ocurre con el “iura novit curia” que simplemente genera una de las tantas ficciones fundantes del sistema normativo, al considerar que el tribunal conoce el derecho. En realidad, y con idéntica finalidad antes se encuentra aquella ficción que parte de que el derecho se presume conocido por todos.
                Si pretendemos que la ansiada democratización empiece por formar a los futuros abogados y obviamente funcionarios judiciales o magistrados, más allá de mejorar al discurso técnico jurídico y de insistir en su cientificidad, lo inevitable es que cuenten con la suficiente competencia para poder ubicarlo en los escenarios pertinentes, para lo cual deberán decodificarlo en un lenguaje más sencillo y llano, cuando se persigue brindar un servicio a la comunidad, tal como debe ocurrir en una sentencia.
                A estas provisorias conclusiones, se llega de la mano de la filosofía crítica, que pretende descubrir las fuentes ideológicas a las que sirve el derecho. En todo caso, el problema del uso del lenguaje, encubre en realidad otros que no se sinceran. Nos referimos a la necesidad de conocer exactamente cuáles son los intereses ideológicos que defienden los jueces corporativamente en un momento dado de la historia. Por supuesto que si los jueces son personas que se declaran carentes de compromiso político, jamás podremos llegar a saber en qué línea de pensamiento se ubican, más allá de que lo podremos ir descubriendo mediante el estudio de sus fallos, tarea ardua y no siempre eficaz.  Es necesario, profundizar en una teoría política que intente explicar el funcionamiento de un poder judicial, que en los últimos años ha sido colocado en el centro de los debates políticos argentinos y latinoamericanos. Precisamente que se haya iniciado este debate en nuestro país, nos llena de expectativas favorables a que se pueda llegar a cambiar el estado de situación en el que nos encontramos hoy. 

4. Los problemas que requieren atención:
                Mejorar la utilización del discurso jurídico, es una tarea en marcha y las Facultades de Derecho deben asumir la responsabilidad que les toca en la formación de futuros abogados, pero es indudable que con ello sólo no se conseguirá democratizar el sistema judicial, sino que hay una gran cantidad de cuestiones que requieren reformarse y que solamente las vamos a enumerar porque exceden el objetivo de este trabajo.
                La necesidad de reformar las estructuras judiciales y los procedimientos, para que se puedan dar respuestas racionales, lo que se logra cuando el número de asuntos que llega a los tribunales es compatible con la respuesta que es capaz de dar.     Además, es preciso determinar exactamente cuál es el ámbito de actuación de un juez, en el debido proceso que garantiza nuestra Constitución Nacional. Ello implica terminar con la cultura inquisitiva, que lo dotaba de mucho poder con la excusa de llegar a descubrir la verdad y luego aplicar la ley. En realidad, el juez debe limitar su actuación, a resolver el conflicto que discursivamente le han llevado a su estrado las partes, sobre todo si quiere no sólo ser imparcial sino también dar a todos esa idea.
                Definitivamente la cultura inquisitiva, pertenece a cualquier ámbito menos al democrático, de modo que su erradicación es la que permitirá conseguir el objetivo republicano de vivir en democracia. Es precisamente esa cultura la que sobredimensiona la figura del juez y por ese camino se asiste a una total falta de precisión en las funciones que se le pretenden atribuir al poder judicial. Son numerosos los casos donde se le exige que actúe sin que todavía exista un conflicto, como ocurre en materia electoral o en la llamada “jurisdicción voluntaria”.
                El procedimiento escrito donde el expediente es lo fundamental, provoca que el pueblo permanezca completamente ausente a las prácticas judiciales, las que se cumplen ritualmente con una gran burocratización al permitir la delegación de todas las funciones jurisdiccionales. Ni los jueces conocen a las partes, ni éstas a ellos. La mediatización de los abogados, impide que los obreros puedan ejercer sus derechos a peticionar directamente ante los jueces laborales. Esto ocurre en mayor o menor medida en todos los fueros.                 Si el poder judicial forma parte de la República, en general y salvo puntuales situaciones excepcionales que la restrinjan justificadamente, el principio de publicidad debería reinar en todos los procedimientos judiciales, de manera que cualquier pudiera acceder a una sala de audiencia para conocer cómo funciona el sistema. No se trata de ensalzar la oralidad como regla de debate, porque a esta altura de la cultura jurídica no parece posible sostener al escriturismo que tanto apego tiene por las formalidades de las actas, sino de analizar la necesidad de que el poder judicial sea ejercido con transparencia y permitiendo que el pueblo pueda ser protagonista como público, de la forma en que se aplican las leyes dictadas en democracia. Es por tanto la publicidad de los actos de gobierno, la que debe siempre exigir que los jueces sean conocidos por las partes y además por todos los que deseen ingresar libremente a una sala de audiencia, para conocer los pleitos que allí se ventilan, sean del fuero que sean. Es obvio que en esa sala de audiencia, la producción discursiva debe responder a una media que le permita entender de qué se trata, a cualquier persona que tenga un mínimo de nivel de instrucción, o sea que maneje las reglas de la lógica natural que preside cualquier comunicación oral. Mantener en reserva la marcha de los procedimientos, así como las sentencias que se dictan, forma parte del ejercicio del poder propio de regímenes antidemocráticos. En democracia, al pueblo soberano se le debe rendir cuenta diariamente de cómo se ejerce el poder.
La formación de jurados para actuar junto a los jueces técnicos, es una deuda pendiente a nivel nacional, ya que pese a exigirlo nuestra Constitución Nacional en tres artículos, se sigue postergando su implementación. El jurado popular, que académicamente tiene cada día más defensores, es sumamente resistido, por los propios abogados que parecen celosos a que alguien sin el título universitario se entrometa en sus quehaceres. Lo cierto es que si se implementara el jurado, el pueblo se haría responsable de los fallos que se dictan, dejando de ser un pasivo espectador, para protagonizar el ejercicio de una de las funciones del Estado, la que mientras tanto solamente le está reservada para quienes obtengan primero el título universitario de Abogado. La defensa del jurado, que admite distintas líneas argumentales, en el tema que nos ocupa, pasa a ubicarse centralmente como la posibilidad que el hombre sin el título de abogado, tiene de participar en el poder judicial, funcionando como un filtro para el ejercicio de la jurisdicción técnica. El jurado autoriza al juez técnico a que condene aplicando la ley y fijando la pena pertinente, mientras que se lo impide en muchos casos donde la absolución le sería sumamente imposible de justificar, frente a la fría aplicación del derecho positivo al caso concreto.
                Sea que el Ministerio Público Fiscal se construya dentro mismo del Poder Judicial, como ocurre en Santa Fe, o tenga un lugar diferente como lo pretende la Constitución Nacional, lo cierto es que su legitimidad política merecería ser reforzada. Es que en el modelo procedimental querido por la Constitución Nacional, donde el proceso penal nace y se desarrolla por decisión del actor, o sea de quien tiene la potestad acusatoria, no hay dudas que el poder penal del Estado es ejercido en la gran mayoría de los delitos, por los Fiscales. Quiere decir que ellos obran representando al pueblo en general, incluyendo a la víctima del delito, por lo que si de dotar de legitimidad política se habla, he aquí por donde comenzar la tarea.

                El debate está felizmente instalado y es necesario que se sumen otras voces, no solamente las de los abogados, para contribuir a que todas las funciones del Estado sean cada día más democráticas. Por lo pronto es nuestra mínima responsabilidad, respetar a nuestros clientes, hablar claramente para que nos entiendan, exigir lo mismo de los jueces y no tratarlos de su señoría o su excelencia, porque ello no es compatible con la República Argentina. 

Comentarios

  1. Coincido con la gran mayoría de lo planteado. También es cierto que es muy difícil "moldear" el discurso y simplificarlo. Creo que el problema viene no solo de las sentencias, sino también desde la doctrina. Recuerdo que cuando me recibí juré no leer libros de Derecho porque están mal escritos y eso se contagia. Obviamente no pude, porque la profesión se impone. No obastante eso, hace algunos años atrás me crucé con un libro que me ayudó a ver los grandes vicios de redacción de importantes autores (SANCINETTI, MAIER, BINDER, BOVINO, SAGÜES, ALVARADO VELLOSO, y un larguísimo etcétera, porque no conozco "juristas" que escriban simple): El estilo del periodista, de Alex Grimeljo.

    Es un libro que siempre recomiendo. Llegué a él como llego a todos los libros: de casualidad. Siempre me interesó la redacción y nunca me gustó como redactamos los abogados (admito que varios de los vicios se me han pegado, presumiblemente por culpa de leerlo una y otra vez en escritos de otros abogados, fallos, doctrina y simples comentarios jurídicos en internet). El estilo del periodista se concentra en cómo comunicar, en la fluidez de la frase, en la ausencia de adjetivos, en evitar abuso de los gerundios, en la brevedad, en la simpleza... en la comunicación. El libro me parece brillante, y me ayudó a detectar vicios en la revisión en las cosas que yo mismo escribo.

    Más allá de la recomendación del libro, debo decir que es difícil intentar simplificar el discurso, porque la creación de un argot es típico de las personas que pretender difrerenciarse del resto. Esto pasa con todas las subculutras, y nosotros no somos la excepción. Por otro lado la tarea de simplificar el discurso también es titánica, constante y ardua, porque como dije antes, nos "contagiamos" todo el tiempo de esos malos hábitos y vicios. Es más, lejos de simplificar el discurso trasladamos la complejidad a la oralización. Vi con asombro a abogados cambiar totalmente la forma de hablar al estar en una audiencia. La complejizan para que el cliente "se sienta defendido", pero sin que llegue a comprender bien cómo. Y el Juez se presta a todo esto.

    Peor aún, vi abogados que complejizan y enmarañan su discurso oral diario. Me viene a la mente el caso de una reconocida abogada tributariasta que me dio clases y la vi en distintas charlas y jornadas que naturalizó el uso de "Sabido es...", cuando la fluidez de la construcción -y especialmente en el discurso oral- es al revés.

    En fin, la lucha es cruel y es mucha, pero no hay peor gestión que ña que no se hace.

    Saludos.

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Bruno, me alegro por tus inquietudes literarias. Porque de ello se trata. La literatura nos permite enriquecer nuestra cultura. Mientras más libros leemos, más posibilidades comunicacionales aparecen, mejoramos nuestro lenguaje y por lo tanto la escritura. Se trata de ser eficaces, y en ese objetivo es preciso que cuando hablamos, tengamos claro el diagnóstico de quien nos escucha, para que el código que utilicemos esté a su alcance. Es obvio que si estamos en una clase de derecho, si hablamos en el instituto de derecho procesal penal del Colegio, si tenemos una reunión con otro abogado sea defensor o fiscal, vamos a emplear expresiones técnicas que de alguna manera simplifican y no necesitan explicación. El tema es cuando hablamos con el cliente, (siempre que no sea abogado) en nuestro estudio, en la cárcel o en la sala de audiencia. Con la presencia del Juez, del Fiscal o a solas. Siempre tenemos que asegurarnos de ser entendidos, es nuestra primer obligación ética. Una vez recuerdo que llega un cliente al estudio y lo atiende una joven asociada, y escucho cuando le dice algo así: "no tenemos ninguna noticia, porque los autos están en la alzada, pero la semana que viene vamos a ir a ver si no se produjo la caducidad de la instancia recursiva del Fiscal!" Obviamente el cliente que era un hombre con escaso nivel de instrucción, pero trabajaba de mecánico, como entendió cualquier cosa, le dijo, me parece que no es así, porque al auto me lo devolvieron hace rato. Menos mal que este cliente puso en evidencia que no entendía lo que le explicaban, porque otro se puede ir sin decir nada y nos quedamos muy tranquilos. El discurso es utilizado también como una herramienta del poder y desde el poder, de manera que hablar utilizando recursos técnicos, es una forma demostrativa de que quien habla se encuentra en una situación superior a quien escucha. El tema da para mucho, y es para mí central, ya que mi tésis es que el proceso o juicio como sinónimo, es un lugar de producción de discursos. Muy diferente a aquellos que ven en él un método para llegar a la verdad, no te parece?. Un fuerte abrazo y muchas gracias por ser uno de los primeros en intervenir en este blog. Espero que te siga interesando y a escribir se ha dicho.

      Borrar
  2. Creo que el juicio es una puja de versiones, donde cada uno trata de traer los elementos de convicción para sostener la suya y restarle credibilidad a la del adversario.

    ResponderBorrar

Publicar un comentario

Entradas más populares de este blog

Comentarios a partir del caso Ruiz fallado por la CSJ de Santa Fe

La crisis de Venezuela y la posibilidad del debate político entre juristas.

Bibliografía para estudiar derecho procesal penal